Expertos en Concurso Express

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Un concurso de acreedores express, regulado por el artículo 470 del Real Decreto Legislativo 1/2020 (Ley Concursal), permite al juez concluir el proceso en el mismo auto de declaración. Esto es viable cuando la masa activa es insuficiente para cubrir los gastos del procedimiento, y no se prevén acciones de reintegración, responsabilidad de terceros ni la calificación de culpabilidad del concurso. Este enfoque se emplea principalmente para empresas con falta de liquidez evidente, ahorrando costes económicos y temporales.

La finalización anticipada del concurso también es posible después del auto de declaración, aunque es menos rápida y económica. La elección del concurso express es recomendada si se cumplen los requisitos, ya que ofrece una solución rápida y económica para empresas sin activos. Optar por el concurso ordinario resulta más lento y costoso, con consecuencias adicionales como pagar a la administración concursal y liquidar la empresa.

La declaración del concurso es un deber, pero la Ley Concursal contempla medidas como el preconcurso. Sin embargo, el incumplimiento puede acarrear sanciones, incluyendo la posibilidad de inhabilitaciones o responder con el patrimonio personal por las deudas de la sociedad. Existe la opción de exigir responsabilidad a los administradores, ya sea por daños y perjuicios o por deudas, aunque solicitar el concurso express puede eximir de la responsabilidad por deudas de la empresa. Este procedimiento culmina con la conclusión del concurso, la liquidación automática de activos, la extinción de la sociedad y la cancelación de la inscripción de la empresa, evitando la fase de calificación y nombramiento de administración concursal, lo que implica menos control externo y gastos. El concurso express es fiable y ampliamente utilizado por empresas en quiebra, siempre que se cumplan los requisitos de grave insolvencia, imposibilidad de recuperar fondos y previsible concurso fortuito.

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