La falta de claridad en torno al concepto de sociedades patrimoniales ha generado confusión, agravada por el uso de diversos términos como entidades patrimoniales, sociedades de tenencia de valores, y aquellas sin actividad económica aparente. Este artículo se propone desentrañar la naturaleza de las sociedades patrimoniales, aclarando su definición y abordando los requisitos necesarios para su constitución y tributación.
¿Qué es una sociedad patrimonial?
Una sociedad patrimonial se caracteriza por no dedicarse principalmente a actividades económicas, sino a la gestión de un patrimonio, comúnmente conformado por valores o bienes inmuebles. La Ley del Impuesto sobre Sociedades, en su artículo 5, apartado 2, define entidad patrimonial como aquella cuya actividad no supera el 50% de su activo, constituido por valores o no afecto a ninguna actividad económica.
Actividad económica y requisitos fiscales
La normativa define actividad económica como la ordenación de medios de producción con el fin de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios. No se considera actividad económica el arrendamiento de inmuebles sin empleados dedicados a esta gestión a tiempo completo.
Constitución y tributación de sociedades patrimoniales
A diferencia de las sociedades mercantiles convencionales, las sociedades patrimoniales no se constituyen como tales, sino que, una vez creada la sociedad, y cumpliendo requisitos específicos, se considera patrimonial a efectos fiscales.
Requisitos de una sociedad patrimonial
- Más del 50% de activo constituido por valores.
- O no estar afecta a ninguna actividad económica.
Elementos afectos a la actividad económica:
- Inmovilizado (material e intangible) necesario para la actividad.
- Existencias.
- Deudores comerciales.
- Partidas a cobrar por la actividad económica.
Elementos NO afectos a la actividad económica:
- Dinero o derechos de crédito provenientes de la transmisión de elementos patrimoniales afectos a actividades económicas.
- Valores poseídos para cumplir obligaciones legales.
- Valores que incorporan derechos de crédito contractuales derivados de actividades económicas.
- Valores poseídos por sociedades de valores en el ejercicio de su actividad.
Ejemplos de sociedades patrimoniales
Entidad patrimonial de tenencia de inmuebles: Posee exclusivamente inmuebles familiares para su uso y disfrute.
Entidad patrimonial de alquiler de inmuebles: Posee inmuebles que alquila, sin empleados a jornada completa.
Asociación patrimonial de tenencia de valores: Posee exclusivamente valores e invierte en bolsa.
Asociación NO patrimonial de alquiler de inmuebles: Posee inmuebles que alquila, con al menos un empleado a jornada completa.
Sociedad NO patrimonial con participaciones en capital: Posee más del 5% de otra sociedad con organización empresarial y dirección de participación.
Sociedad NO patrimonial con participaciones en grupo de empresas: Sociedad holding que dirige y gestiona más del 50% en empresas operativas con medios materiales y humanos.
En conclusión, comprender los aspectos fundamentales de las sociedades patrimoniales es crucial para garantizar su correcta tributación y cumplimiento normativo. La distinción entre elementos afectos y no afectos a la actividad económica es esencial para determinar la naturaleza patrimonial de una sociedad.