Sociedades patrimoniales: Clarificación y requisitos fiscales

sociedades patrimoniales

La falta de claridad en torno al concepto de sociedades patrimoniales ha generado confusión, agravada por el uso de diversos términos como entidades patrimoniales, sociedades de tenencia de valores, y aquellas sin actividad económica aparente. Este artículo se propone desentrañar la naturaleza de las sociedades patrimoniales, aclarando su definición y abordando los requisitos necesarios para su constitución y tributación.

¿Qué es una sociedad patrimonial?

Una sociedad patrimonial se caracteriza por no dedicarse principalmente a actividades económicas, sino a la gestión de un patrimonio, comúnmente conformado por valores o bienes inmuebles. La Ley del Impuesto sobre Sociedades, en su artículo 5, apartado 2, define entidad patrimonial como aquella cuya actividad no supera el 50% de su activo, constituido por valores o no afecto a ninguna actividad económica.

Actividad económica y requisitos fiscales

La normativa define actividad económica como la ordenación de medios de producción con el fin de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios. No se considera actividad económica el arrendamiento de inmuebles sin empleados dedicados a esta gestión a tiempo completo.

Constitución y tributación de sociedades patrimoniales

A diferencia de las sociedades mercantiles convencionales, las sociedades patrimoniales no se constituyen como tales, sino que, una vez creada la sociedad, y cumpliendo requisitos específicos, se considera patrimonial a efectos fiscales.

Requisitos de una sociedad patrimonial

  • Más del 50% de activo constituido por valores.
  • O no estar afecta a ninguna actividad económica.

Elementos afectos a la actividad económica:

  • Inmovilizado (material e intangible) necesario para la actividad.
  • Existencias.
  • Deudores comerciales.
  • Partidas a cobrar por la actividad económica.

Elementos NO afectos a la actividad económica:

  • Dinero o derechos de crédito provenientes de la transmisión de elementos patrimoniales afectos a actividades económicas.
  • Valores poseídos para cumplir obligaciones legales.
  • Valores que incorporan derechos de crédito contractuales derivados de actividades económicas.
  • Valores poseídos por sociedades de valores en el ejercicio de su actividad.

Ejemplos de sociedades patrimoniales

Entidad patrimonial de tenencia de inmuebles: Posee exclusivamente inmuebles familiares para su uso y disfrute.

Entidad patrimonial de alquiler de inmuebles: Posee inmuebles que alquila, sin empleados a jornada completa.

Asociación patrimonial de tenencia de valores: Posee exclusivamente valores e invierte en bolsa.

Asociación NO patrimonial de alquiler de inmuebles: Posee inmuebles que alquila, con al menos un empleado a jornada completa.

Sociedad NO patrimonial con participaciones en capital: Posee más del 5% de otra sociedad con organización empresarial y dirección de participación.

Sociedad NO patrimonial con participaciones en grupo de empresas: Sociedad holding que dirige y gestiona más del 50% en empresas operativas con medios materiales y humanos.

En conclusión, comprender los aspectos fundamentales de las sociedades patrimoniales es crucial para garantizar su correcta tributación y cumplimiento normativo. La distinción entre elementos afectos y no afectos a la actividad económica es esencial para determinar la naturaleza patrimonial de una sociedad.

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