El Plan de reestructuración, como herramienta preconcursal, surge como una estrategia para abordar los desafíos administrativos, operativos y financieros que pueden conducir a la insolvencia empresarial. Este instrumento, regulado por la Ley 16/2022, busca rediseñar la estructura de la empresa, evitando así la insolvencia y permitiendo la continuidad de la actividad económica.
¿Cuándo aplicar el Plan de reestructuración?
Las empresas pueden acogerse a este plan si existe una probabilidad inminente de insolvencia, es decir, si anticipan dificultades para cumplir con sus obligaciones de pago en los próximos dos años. La aplicación de este mecanismo preconcursal es vital para reestructurar la empresa mientras sea económicamente viable.
¿En qué consiste el plan de reestructuración?
La normativa, reflejada en los artículos 614 y siguientes, define los planes de reestructuración como aquellos destinados a modificar la composición, condiciones o estructura del activo, pasivo o fondos propios del deudor. Incluye, además, cambios operativos y transmisiones de activos. Sin embargo, ciertos créditos, como los alimentarios o derivados de responsabilidad civil, no quedan sujetos a este proceso.
Contenido del plan de reestructuración
El plan debe contener información esencial, según el artículo 633 del Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC):
- Identidad del deudor.
- Identificación del experto encargado de la reestructuración, si aplicara.
- Descripción detallada de la situación económica y de los trabajadores.
- Estado de activo y pasivo al formalizar el plan.
- Lista de acreedores afectados, especificando términos y condiciones de sus créditos.
- Detalles de contratos que serán resueltos con el plan.
- Medidas de reestructuración propuestas, con impacto en empleo y flujos de caja.
- Exposición de condiciones para el éxito del plan y su viabilidad.
- Procedimientos de información y consulta con los trabajadores.
- Certificación de cumplimiento de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, si aplica.
- Implicaciones del Plan de reestructuración
- Paralización de ejecuciones
- El plan suspende temporalmente ejecuciones judiciales o extrajudiciales sobre bienes esenciales para la actividad empresarial, facilitando negociaciones sin cesar la actividad.
Suspensión de solicitud de concurso
En casos de solicitud voluntaria de concurso y probabilidad de reestructuración, se suspende la solicitud para evitar interferencias.
Reducción intervención judicial y reestructurador
Se minimiza la intervención judicial, permitiendo la designación de un reestructurador solo en circunstancias específicas.
Posibilidad de venta total o parcial
El plan puede incluir la venta total o parcial de la empresa, siendo útil en situaciones de pequeñas y medianas empresas.
Separación de créditos en clases
Se separan créditos según naturaleza, garantías y afectación por el plan, estableciendo clases específicas, especialmente para PYMES.
Proceso de votación y aprobación
El plan debe notificarse a los acreedores afectados, quienes votan ponderadamente según sus créditos. Aprobado por dos tercios o el 75%, según el tipo de crédito, se formaliza en un instrumento público.
Homologación del plan
Un plan puede homologarse aunque no sea aprobado por todas las clases de acreedores. Se requiere la aprobación de al menos una clase específica, y el juez verifica su cumplimiento.
Conclusión
El Plan de reestructuración en la Ley Concursal ofrece un marco efectivo para la supervivencia empresarial en momentos de crisis. La flexibilidad, minimización de intervención judicial y la posibilidad de adaptarse a diferentes contextos hacen de este instrumento una herramienta valiosa para empresas en riesgo de insolvencia.